Con la finalidad de reforzar la articulación entre las autoridades competentes, la prevención y las acciones de control e investigación del tráfico ilícito de drogas, en la lucha contra la delincuencia y crimen organizado, se ha emitido el Decreto Legislativo N° 1592.
Dentro de las modificaciones, se encuentran las realizadas a los artículos 296, 298 y 299 del Código Penal que extiende la prohibición a “nuevas sustancias sicoactivas”, las mismas que se encuentran especificadas en “Programa Mundial Smart” de la Oficina de las Naciones Unidas Contra la Droga y el Delito (UNODC) u otros programas pertinentes, entre estas nuevas sustancias tenemos: fenetilaminas, triptaminas, piperazinas, catinonas, cannabinoides sintéticos, etc.
Los cambios en los tipos penales se exponen en el siguiente cuadro:

